El pasado lunes 18 de marzo, la Defensoría de las Personas Mayores de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH) de Guatemala realizó una capacitación destinada al personal de la Oficina Nacional de Servicio Civil (ONSEC), con el objetivo principal de dar a «conocer el marco legal que detalla los derechos de las personas mayores» en el país.
La ONSEC es la institución responsable de «administrar en forma técnica, armónica, dinámica y eficiente el sistema de recursos humanos de la Administración Pública [guatemalteca], para garantizar al país el desempeño idóneo y efectivo de la labor institucional del Gobierno, en beneficio de la ciudadanía». Allí se presentó Regina Can, oficial de la Defensoría de las Personas Mayores de la PDH, quien estuvo a cargo de la actividad
Can mencionó, entre los contenidos compartidos, la importancia del marco de protección constitucional a este sector de la población en el país consagrada en el artículo 51 de la Carta Magna de la República. Asimismo, la oficial destacó el Decreto 80-96, que es la «Ley de Protección para las Personas de la Tercera Edad«, donde se refirió a sanciones mencionas en el artículo 36 de la Ley que implican acciones amparadas en el Código Penal del país.
Finalmente, otro de los fundamentos y herramientas legales disponibles para la protección de los derechos de las personas mayores en Guatemala compartidos en la capacitación fue el Código Civil. «Cualquier persona que trabaja en una institución del Estado debe conocer esta legislación y respetarla, ya que puede incurrirse en incumplimiento hasta por omisión», recordó Can.
Defensoría de las Personas Mayores
Esta órgano de defensa surge en 1998, mediante el Acuerdo No. 15/98, en el marco de la de la Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala. La Defensoría está enfocada en la necesidad de «proteger, velar y promover el respeto de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales que asisten a este grupo poblacional».
Dentro de sus principales funciones se encuentran: proponer e implementar lineamientos para la defensa, protección, investigación y promoción de los derechos humanos de las personas mayores; desarrollar y dar seguimiento a los procesos de supervisión a instituciones de la administración pública que atienden los derechos humanos de las personas mayores; coordinar acciones de manera interinstitucional en el ámbito nacional; verificar situaciones en las que se denuncie la posible violación de derechos de personas mayores; emitir y dar seguimiento a recomendaciones derivadas de los procesos de supervisión realizados a la administración pública, de conformidad con la legislación aplicable y los estándares internacionales; y elaborar propuestas de pronunciamientos o comunicados, material educativo e informes técnicos temáticos respecto de los derechos, entre otras.
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Fuente: ONSEC