
El Ministerio de Derechos Humanos y Ciudadanía (MDHC) constituyó la Red Nacional para la Protección y Defensa de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (RENADIPI) mediante la Ordenanza N° 1.058/2026. Esta medida tiene como propósito central el fortalecimiento de la articulación y la cooperación entre los diversos organismos y entidades públicas para la garantía, promoción y protección de los derechos de este grupo poblacional en todo el territorio nacional.
La nueva red funcionará de manera integrada con el fin de ampliar el acceso de las personas mayores a sus prerrogativas legales. Para ello, la estructura considerará las diversas condiciones del envejecimiento y los factores determinantes en el acceso equitativo a las políticas y servicios públicos. Asimismo, la iniciativa contempla la elaboración de diagnósticos sobre el envejecimiento demográfico, el fomento de la participación ciudadana y la consolidación de foros, movimientos y organizaciones de la sociedad civil dedicadas a esta materia.
La composición de la RENADIPI admitirá a organismos y entidades de la administración pública federal, estatal, distrital y municipal. Del mismo modo, el proyecto prevé la colaboración de instituciones de educación superior, empresas privadas, organizaciones comunitarias, asociaciones profesionales y organismos internacionales. La coordinación general de la red estará a cargo de la Secretaría Nacional para los Derechos de las Personas Mayores del MDHC, en un trabajo conjunto con el Consejo Nacional para los Derechos de las Personas Mayores.
La incorporación a esta estructura posee un carácter voluntario y requiere la suscripción de un Acuerdo de Adhesión, documento que formaliza el compromiso con los principios y directrices de la red de manera indefinida, con posibilidad de rescisión en cualquier momento. Tras la firma, las instituciones asumen la obligación de compartir datos sobre servicios públicos, mantener un diálogo continuo con la población mayor y proveer información para el monitoreo de las medidas. Además, las personas integrantes dispondrán de un plazo de 90 días para la elaboración de un plan de acción específico dentro de sus respectivas competencias. La participación en la red no generará costos para los miembros, quienes asumirán sus propios gastos operativos bajo la regulación de la Secretaría Nacional de Derechos de las Personas Mayores.
Fuente: www.gov.br

