La designación de la profesional fue comunicada a fines del mes de diciembre de 2024 por la Misión Permanente de Chile ante la Organización de los Estados Americanos (OEA). La profesora Viviana García Ubillo, directora del Centro «Gerópolis» de la Universidad de Valparaíso, fue nombrada por el Estado de Chile como experta ante la OEA para la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mecanismo de seguimiento de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
García Ubillo agradeció el nombramiento y ratificó: «mi compromiso y nuestro compromiso institucional en el trabajo con, por y para las personas mayores de nuestra región y país, visibilizando sus diversas realidades y los desafíos que como país tenemos, pero sobre todo destacando el rol del Estado —como de los diferentes organismos— en la protección y garantización de los derechos de las personas mayores».
La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores es un instrumento de carácter vinculante que fue firmada en el marco de la OEA en 2015 y ratificada por Chile dos años más tarde. En la actualidad, hay doce países miembros que ya han adherido: Uruguay, Chile, Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, México, Perú, Surinam y, recientemente, Belice.
El documento explicita que, al recibirse el décimo instrumento de adhesión, se debe estipular un mecanismo de seguimiento a través de una conferencia de Estados parte y una comisión conformada por un experto o experta designado por cada Estado parte. De esta manera, la designación cumple con las pautas definidas por la Convención.
García Ubillo se dispone a asumir este desafío y es consciente de que «se requiere de un trabajo sistemático que involucre a todas las partes interesadas, sobre todo a las personas mayores. Y por otro lado, apoyar el empoderamiento de las personas mayores para que conozcan sus derechos y exijan su fiel cumplimiento”.
¿Qué son los mecanismos de seguimiento en el marco de la Convención?
En el capítulo sexto se explica cómo funcionan:
- Conferencia de Estados parte. Art. 34º: Mecanismo principal de seguimiento del cumplimiento de los compromisos de los Estados.
- Comité de Expertos y Expertas. Art. 35º: Está integrado por especialistas designados/as por cada uno de los Estados parte.
- Sistema de Peticiones Individuales. Art. 36º: Cualquier persona o grupo de personas, o entidad no gubernamental legalmente reconocida en uno o más Estados miembros de la OEA, puede presentar a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, peticiones que contengan denuncias o quejas de violación de alguno de los artículos de la Convención por un Estado parte.
Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores
Se trata del primer instrumento jurídicamente vinculante del mundo que reconoce los derechos de este grupo de población.
El objeto de la Convención es «promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad».
Consulte la Convención completa, en Español y Portugués, haciendo clic aquí.
Fuente: Universidad de Valparaíso