El pasado 1° de Octubre el “Estatuto do Idoso” cumplió 17 años de vigencia como instrumento normativo específico para la defensa de los derechos de las personas mayores del Brasil. El Ministerio de la Mujer, Familia y Derechos Humanos y su Secretaría Nacional de Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas Mayores, promovieron un evento virtual para dialogar sobre los avances y desafíos de los derechos de este grupo poblacional apropósito de este aniversario y de celebrarse un nuevo Día Internacional de las Personas Mayores.

Brasil es el país que más mayores aporta a la región Iberoamericana, casi 30 millones de personas de más de 60 años que viven en todo su territorio. Este volumen irá en aumento, tanto que, según proyecciones de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), en 10 años la proporción de menores de 15 y mayores de 60 años tenderá a igualarse. Para el quinquenio 2030-2035, se espera que el país -junto a otros de la región- transite hacia una etapa de envejecimiento avanzado, esto se debe a que sus tasas de fecundidad permanecerán por debajo de los 1,7 hijos/as por mujer y su porcentaje de personas de 60 y más años se establecerá entre el 15 % y el 17 % de la población total.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha difundido datos donde plantea que debieron trascurrir 100 años para que el grupo de habitantes de 65 años y más se duplicara de un 7 a un 14% en Francia, en tanto que en países como el Brasil esa duplicación ocurrirá en menos de 25. De esta manera, proyectado sobre este escenario demográfico, Brasil debe acompañar estas importantes transformaciones en la estructura de su población para poder garantizar los derechos del conjunto, en este caso, particularmente de las personas mayores. Para ello debe desplegar múltiples herramientas y dispositivos tanto normativos como de políticas públicas que aborden y contengan las diversas situaciones de este grupo poblacional.

El “Estatuto do Idoso” es, probablemente, el dispositivo principal que el Brasil posee para poder promover y proteger los derechos humanos de sus personas mayores. Este instrumento creado por la Ley 10.741 fue sancionado simbólicamente, luego de varios años de construcción de un consenso político, parlamentario, sectorial y social, un 1° de octubre de 2003 (fecha en que se conmemora el Día Internacional de las Personas Mayores instituido por las Naciones Unidas en 1991) con el objetivo de garantizar dos principios fundamentales: la protección integral y la atención prioritaria hacia la población mayor del país. 

El Estatuto, que entró en vigencia al siguiente año del hito que constituyó el Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento en el seno de Naciones Unidas, prohíbe y sanciona cualquier tipo de negligencia, discriminación, violencia, crueldad, opresión y/o atentado a los derechos de las personas mayores (Art. 4). Sobre esta línea, establece en su articulado una serie de derechos fundamentales contemplados dentro de los nuevos estándares gerontológicos mundiales tales como: el derecho a la vida; a la libertad, al respeto y a la dignidad; de alimentos; a la salud; a la educación, cultura, deporte y ocio, a la profesionalización y al trabajo; derecho a la seguridad social, a la asistencia social; derecho a la vivienda y derecho al transporte.

Según datos de la SNDPI, existe un alto porcentaje de desconocimiento de las personas mayores brasileñas sobre el “Estatuto do Idoso” | Fuente: MMFDH-SNDPI

Por otra parte, este instrumento agrega un segmento especialmente dedicado al acceso a la justicia donde faculta al Ministerio Público o al Poder Judicial para ordenar medidas de protección (individuales y colectivas) frente a situaciones donde se viole algún derecho de las personas mayores, por acción u omisión del Estado o la familia. Asimismo, otra sección destacada que contempla el Estatuto es aquella que autoriza al Ministerio Público y a todos los Consejos de Mayores del país (creados por ley en 1994) a fiscalizar políticas y acciones, tanto de organismos públicos como de organizaciones no gubernamentales, destinadas a este grupo poblacional que contribuya a garantizar y proteger el pleno ejercicio de sus derechos.

En este marco conmemorativo, el Ministerio de la Mujer, Familia y Derechos Humanos (MMFDH) y su Secretaría Nacional de Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas Mayores (SNDPI), junto otros organismos participantes como la Defensoría Pública del Distrito Federal (DPDF) y el Consejo Federal de Contabilidad (CFC), realizaron el pasado 1° de Octubre un webinario que fue transmitidos por las redes sociales oficiales del Ministerio, como consecuencia del contexto de distanciamiento social que impone la pandemia por COVID-19.

El evento virtual se propuso dialogar sobre los avances y desafíos de los derechos de las personas mayores en el país, apropósito de cumplirse 17 años de la sanción del “Estatuto do Idoso” y, al mismo tiempo, de celebrarse un nuevo Día Internacional de las Personas Mayores. La actividad contó con oradores de los organismos promotores y se dividió en dos bloques, el primero abordó las políticas públicas, proyectos y acciones para promover y hacer valer los derechos y el segundo trató las relaciones intergeneracionales como una estrategia para promover los derechos.

A su vez, el webinario formó parte de un conjunto de acciones desarrolladas en lo que se denominó la “Semana Nacional para la Promoción de los Derechos de las Personas Mayores”, que inició el pasado lunes 28 de septiembre y se extendió hasta el viernes 2 de octubre con el varias actividades, entre ellas, el lanzamiento de campañas por las redes sociales oficiales y la presentación de una cartilla editada con aportes de las distintas secretarías del Ministerio sobre la potencialidad de la intergeneracionalidad para la promoción y el cumplimiento de los derechos.

Durante la mesa de apertura, el titular de la SNDPI, Antonio Costa, presentó las políticas públicas dirigidas a este sector de la sociedad brasilera y reflexionó sobre los desafíos particulares de este año como parte de un balance en función del aniversario del Estatuto. “En esta pandemia del nuevo coronavirus, tuvimos la oportunidad de hacer un trabajo efectivo para la promoción y defensa de los derechos de la persona mayor”, valoró.

Costa también recordó que el Estatuto es un “instrumento completo de defensa de las personas mayores”, aunque lamentó que el 70% de las y los mayores del país desconozcan la existencia de esta importante ley para el sector. Para revertir estos datos, manifestó que es necesario que los municipios brasileros pongan en práctica esta ley y “abracen la causa” de este grupo poblacional.  

Luego, el titular de la SNDPI repasó algunas de las iniciativas que la Secretaría ha promovido en este contexto particular e indicó que se registraron 3900 Instituciones de Larga Permanencia para Mayores (ILPIs, en sus siglas en portugués) sobre el mapeo nacional realizado por este organismo. El Programa “Solidarize-se”, que comenzó en 2019, viene desarrollando una asistencia financiera de emergencia a las ILPIs del país, tanto públicas como privadas sin fines de lucro, a partir de la sanción de la Ley 14.018/20 para minimizar los efectos de la pandemia del COVID-19.

Todas las actividades de conmemoración se enmarcaron en la “Semana Nacional para la Promoción de los Derechos de las Personas Mayores”, promovida por la SNDPI | Fuente: MMFDH-SNDPI

También se valoró el impacto del Programa “Viver” que impulsa la propia Secretaría, activo en 100 municipios del Brasil, y que centra su propósito en la inclusión y la participación social de las personas mayores a partir de la educación digital. Al tiempo que se valoró la Línea telefónica “Disque 100”, que recibe informes de violaciones de derechos humanos y que ha sido importante para las denuncias, pero también para la contención de algunas situaciones particulares del colectivo de mayores que hace uso de ella.

Entre otras participaciones, la Defensora Pública General del Distrito Federal, María José Silva Souza de Nápoles, destacó la importancia de la atención preferencial en el país. La Ley 13.466, promulgada en julio de 2017, es otro logro normativo a favor de las personas mayores mediante la cual se incorporó al “Estatuto do Idoso” la prioridad especial para la atención de las personas mayores de 80 años, independientemente de su estado de salud. Asimismo, recordó que las adultas y los adultos mayores necesitan del apoyo de la familia, la sociedad y del Estado, tal como lo establece el Artículo 230 de la Constitución del país.

Finalmente, las palabras de la ministra Damares Alves también ofrecieron un análisis y una evaluación en el marco del aniversario celebrado, y a su vez frente a un escenario que presenta un aumento sostenido del envejecimiento poblacional -local y global- y a una coyuntura compleja, impuesta por la pandemia actual, que ha cambiado para siempre las pautas cotidianas de la humanidad contemporánea. «Juntos celebraremos los avances logrados hasta ahora, sin olvidar los desafíos que aún tenemos», exhortó la titular del MMFDH.

*Nota publicada en el Boletín 22, «Reflexiones, logros y desafíos: a 18 años del Plan de Acción Mundial sobre el envejecimiento de Madrid y a 5 años de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores» del Programa Iberoamericano de Cooperación sobre la Situación de las Personas Adultas Mayores.