Según el Artículo 8 del Proyecto Legislativo, “los recursos presupuestarios necesarios para el cumplimiento de la presente ley serán previstos e incorporados dentro del Presupuesto General de la Nación”. | Fuente: INE

Paraguay ha encontrado en la inclusión digital una herramienta con potencial no sólo para hacer frente a las brechas tecnológicas, generacionales y geográficas que presenta el país en su población mayor de 60 años, sino que, al mismo tiempo, este tipo de recursos funciona como condición de posibilidad para la creación de políticas y/o acciones que cooperan con la visibilización y la erradicación del edadismo o la discriminación por edad.

“Los retos de la inclusión tecnológica de las personas mayores y las correspondientes soluciones implican una gran responsabilidad y compromiso político. A nivel institucional se requiere, en principio, la incorporación transversal de medidas para erradicar el edadismo en las leyes, reglamentos, normas sociales y prácticas institucionales. De esta manera, se promovería un cambio de paradigma en que se supere la visión de las personas mayores como incapaces o indiferentes ante la tecnología”.

El párrafo anterior condensa el sentido nodal de la nota de Paraguay en esta edición del Boletín. El mismo corresponde al documento “Envejecimiento en América Latina y el Caribe: inclusión y derechos de las personas mayores”, que fue presentado en el marco de la Quinta Conferencia Regional Intergubernamental sobre Envejecimiento y Derechos de las Personas Mayores en América Latina y el Caribe, desarrollada en Santiago de Chile, del 13 al 15 diciembre de 2022, en la sede de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), y que constituye, además, el informe regional que presentó este organismo para el cuarto examen y evaluación del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento 2002, el pasado febrero a instancias del 61º período de sesiones de la Comisión de Desarrollo Social de las Naciones Unidas (ONU).

Asimismo, esta definición se encuentra emparentada con lo que Paraguay planteó en la presentación de su Informe Nacional sobre el Avance en la Implementación del Plan de Madrid para el período 2017-2022 en el país. Este documento local, elaborado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS), a través del Instituto de Bienestar Social (IBS) y su Dirección de Adultos Mayores, y donde participaron casi una decenas de organismos nacionales, entre ellos el Instituto de Previsión Social (IPS), expone que una de las principales lecciones aprendidas en este tiempo ha sido la necesidad de “disminuir la brecha digital a través de la implementación de programas y proyectos que fomenten la utilización de las TIC [Tecnologías de la Información y la Comunicación] entre las personas mayores”, especialmente considerando lo que ha supuesto la crisis por coronavirus.

Otra de las manifestaciones regionales que está en clara sintonía con lo que el país ha argumentado al respecto, es lo expresado en la “Declaración de Santiago”, firmada durante la Quinta Conferencia, donde se destaca la importancia que reviste la aprobación de la resolución 2021/10 del Consejo Económico y Social de ONU, titulada “Transición socialmente justa hacia el desarrollo sostenible: la función de las tecnologías digitales en el desarrollo social y el bienestar de todos”, que reconoce que la pandemia agravó las desigualdades en el mundo e insta a los Estados a que, en colaboración con partes interesadas, “promuevan la inclusión digital velando por que todos puedan aprovechar los beneficios de las nuevas tecnologías”.

Sobre estas declaraciones y marcos se asienta la iniciativa parlamentaria que comenzó un conjunto de diputadas y diputados de diferentes partidos del Congreso Paraguayo a mediados de octubre del 2021 y que, en la actualidad, transita instancias definitorias para proclamar como ley un proyecto que tiene como objeto principal “promover el acceso de las personas adultas mayores a las Tecnologías de la Información y la Comunicación, a los efectos de reducir la brecha digital, generacional y geográfica e incrementar su integración social y comunitaria”.

“PROMOVER EL ACCESO DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES A LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN, A LOS EFECTOS DE REDUCIR LA BRECHA DIGITAL, GENERACIONAL Y GEOGRÁFICA E INCREMENTAR SU INTEGRACIÓN SOCIAL Y COMUNITARIA”.

Uno de los hitos de este proceso político-legislativo que se llevaron a cabo en torno a este proyecto de ley, tiene que ver con la Audiencia Pública, realizada a finales del mes de marzo de 2022 y promovida por las comisiones asesoras de Equidad Social y Género, y de Ciencia y Tecnología de la Cámara Baja, para abrir el debate sobre esta iniciativa. El espacio contó con la participación de organizaciones de mayores que dieron su opinión respecto de la propuesta, como así también de organismos competentes en la temática, entre ellos, el Instituto Nacional de Estadística (INE), a través de Iván Ojeda, su Director Nacional. El titular del organismo expresó en dicha ocasión que celebra esta iniciativa dirigida a visibilizar un grupo poblacional importante, “muchas veces muy vulnerable”, y que sea pensada y promovida “20 años antes de que termine el bono demográfico” en el país.

“Queremos seguir haciendo políticas públicas basadas en evidencias”, manifestó Ojeda. En este sentido, el proyecto define a personas adultas mayores a aquellas “de sesenta años o más” y en el Paraguay este grupo asciende a 754.283 personas, lo que representa aproximadamente un 10,4% del total de la población. La propuesta, además, se plantea hacer foco e incluir al colectivo de mayores que participen en programas sociales “con la finalidad de reducir el aislamiento”, a lo que el directivo informó que el 33,7% de la población mayor es titular de programas sociales en el país, de las cuales el 54% son mujeres y 46% varones.

Más adelante, en ocasión de la Audiencia Pública, el titular del INE aportó algunos datos más específicos para el asunto del proyecto, que fueron suministrados por Encuesta Permanentes a Hogares Continua (EPHC) de 2021, donde, según el área de residencia y las condiciones de utilización de tecnología, el 78,9% de las personas de 60 y más años indicó utilizar el celular, el 83,4% en zonas urbanas y el 71,5% en rurales. Por su parte, el uso de Internet es del 36,7, el 47% varones y el 53% mujeres. De este grupo, el 62% accede desde el hogar, el 5,9% desde el trabajo, el 7% desde la casa de otra persona, en tanto que el 96,5% lo hizo desde el celular.

Siguiendo la EPHC, Ojeda puntualizó, además, que de las personas mayores que utilizan internet, un 63% lo hace para redes sociales; el 28,5% para correos electrónicos; un 98,4% lo destina a mensajería instantánea; 80,9% para comunicación telefónica; el 26,7% en productos y servicios; un 27,5% en salud y servicios de salud; y el 18,7% para servicios de instituciones del gobierno. Vinculado a estos guarismos, y a la historia inmediata de la crisis del COVID-19, el INE realizó un estudio de por qué la persona mayor no iba a vacunarse y muchas manifestaron “que no sabían manejar la tecnología”, alertó el Director Nacional.

El 9 de noviembre pasado, se realizó el Censo Nacional de Población y Vivienda de 2022 en el Paraguay, el anerior tuvo lugar hace una década atrás (2012), del cual el INE es el ente ejecutor. | Fuente: INE

De esta forma, el proyecto de ley ha ido avanzando hasta estos días, logrando para finales de 2022 pasos importantes en la Cámara de Senadores. Allí la propuesta legislativa fue aprobada, aunque con modificaciones por loque debió volver a la cámara de origen para su estudio y consideración, y comenzar así su tercer trámite constitucional, desde donde debería salir convertida en ley en un plazo no muy lejano, ya que las comisiones intervinientes han avanzado con la mayoría de sus dictámenes de manera favorable.

Edadismo y múltiples brechas

Si bien el texto ya aprobado del proyecto de ley no explicita la noción de edadismo o de discriminación por edad, hace uso del concepto de “brecha”, no sólo digital, sino también generacional y geográfica, para contemplar esta situación desfavorable o desigual que el colectivo de las personas mayores paraguayas debe afrontar como un indicador que agrava o dificulta este tipo de accesos o derechos, entre otras cosas, así como su integración social y comunitaria.

En esta línea, la citada Declaración de Santiago, insta a los Estados a “adoptar medidas eficaces contra la discriminación por edad y a eliminar las dificultades y obstáculos que aún persisten en la región y que menoscaban la participación de las personas mayores en la vida política, social, económica y cultural y sus derechos humanos”.

De igual modo, les solicita “que reconozcan la brecha digital que afecta a las personas mayores”, en el marco del desarrollo y sostenimientos de sistemas de protección social universales e integrales que garanticen, entre otras cuestiones, el acceso y el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación.

Así, este proyecto legislativo reconoce como derechos de las personas mayores, en el marco de la promoción del acceso a las TIC, a la Alfabetización Digital y a la Accesibilidad de Información Pública. Para ello, determina que la autoridad de aplicación de la futura ley, la encargada de construir y coordinar las políticas públicas al respecto, será el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (MITIC) y deberá trabajar de forma coordinada con la Dirección de Adultos Mayores del Instituto de Bienestar Social (IBS), ambos dependientes del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

ESTE PROYECTO LEGISLATIVO RECONOCE COMO DERECHOS DE LAS PERSONAS MAYORES, EN EL MARCO DE LA PROMOCIÓN DEL ACCESO A LAS TIC, A LA ALFABETIZACIÓN DIGITAL Y A LA ACCESIBILIDAD DE INFORMACIÓN PÚBLICA

En estrecha sintonía con las definiciones de proyecto de ley en cuestión, el Informe Mundial sobre el Edadismo (2021) de la Organización Mundial de la Salud (OMS), establece como una de las “estrategias para reducir el edadismo” la promoción y al fortalecimiento de “políticas y legislaciones” específicas que puedan resultar para la eliminación o modificación de actitudes y acciones edadistas o discriminatorias. Sobre esto, y para propiciar el cumplimiento de la ley, el diseño del proyecto establece que, además de promover la integración social de las personas mayores a las TIC, es importante “su complementariedad con otras dimensiones en políticas para el envejecimiento activo”. Esto último, también es ratificado por CEPAL en un artículo de hace unos años donde se afirma que “la promoción del acceso a los medios digitales y de su uso entre las personas mayores es esencial para alentar la cultura del envejecimiento activo”.

Por otra parte, el diseño de este proyecto legislativo contempla más objetivos que le dan sustento a una propuesta que, sin ser antiedadista, su cometido es promover la igualdad de oportunidades para minimizar las brechas digitales, generacionales y geográficas (en cuanto accesos y usos, según la distribución urbana y rural de la población del país). Así, algunos de los que se destacan son llamados a la acción para direccionar futuras políticas públicas, como por ejemplo: elaborar recomendaciones para que el sector privado y organizaciones de la sociedad civil promuevan el uso de TIC; establecer marcos de cooperación interministeriales y entre organismos especializados; generar instancias que posibiliten el diálogo intergeneracional en relación a la transmisión de saberes; implementar campañas de difusión e información pública sobre los derechos de usuarios/as de las TIC, entre otros.

Finalmente, uno de los articulados más significativos del proyecto son las “Actividades Prioritarias”, que no sólo anticipan los alcances de una futura ey, sino que al mismo tiempo dotarán de sentido a las políticas públicas que puedan construirse desde ese marco. De ellas, resaltan, por ejemplo, la importancia de desarrollar programas que contemplen la entrega de soportes y equipamientos informáticos a organizaciones de personas mayores; la creación de “Centros de Inclusión Digital” (previo diagnóstico) como dispositivos que puedan garantizar el acceso a herramientas tecnológicas a diferentes grupos de mayores de acuerdo a sus realidades y posibilidades; y la promoción de actividades de capacitación y educación en sistemas informáticos, de bancarización, redes sociales y plataformas; entre otras consideradas. De proclamarse ley, las contribuciones a la población mayor son evidentes, entre ellas, el aporte para erradicar progresivamente el edadismo y la discriminación por edad en el Paraguay.

*Nota publicada en el Boletín 29, «El Edadismo en la cotidianidad de las Personas Adultas Mayores» del PICSPAM.